Ley 21.720: portar un inhibidor ya es delito
Desde diciembre de 2024, vender, portar o usar un inhibidor de señal tiene penas de cárcel y multa. Qué significa para quien protege un recinto.

Desde diciembre de 2024, la Ley 21.720 modifica la Ley General de Telecomunicaciones y prohíbe expresamente los inhibidores de señal, con penas de cárcel y multa para quienes vendan, porten o usen dispositivos que generen interferencia o interrupción de sistemas inalámbricos.
Qué cambia para un recinto
- Portar un inhibidor ya es delito. No hay que esperar el robo consumado.
- La detección genera el antecedente que permite actuar. Saber cuándo y dónde hubo emisión le da a tu equipo un antecedente para actuar.
- Para una institución, existe una figura legal concreta a la cual anclar el procedimiento.
Penas y excepciones
- Fabricar, vender, comprar, usar, tener o portar un inhibidor sin autorización: presidio menor en su grado medio (de 541 días a 3 años) y multa de 50 a 100 UTM.
- Interrumpir redes o servicios esenciales para la seguridad pública, la defensa nacional o el sistema de inteligencia del Estado, o las señales de naves, aeronaves o torres de control: presidio mayor en su grado mínimo (de 5 a 10 años) y multa de 100 a 5.000 UTM.
- Quiénes pueden usarlos: solo instituciones como las policías, las Fuerzas Armadas, Gendarmería, la Agencia Nacional de Inteligencia y la Agencia Nacional de Ciberseguridad, además de las entidades que la ley o el ministerio a cargo de la seguridad autoricen.
Fuentes: La Tercera · Senado de Chile